Os animamos a seguir apoyándonos frente al abuso y la injusticia.
Escrito presentado
A LA CAJA LABORAL POPULAR
Calle Dato, 14-16 VITORIA-GASTEIZ
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DECLARAN
- Que
Mirian tiene contratado con su entidad financiera un préstamo con garantía
hipotecaria por valor de 55.000 euros, suscrito en julio de 2012.
- Que
hasta el mes de junio del presente año ha venido pagando la cuota hipotecaria de
forma regular pero que en dicho mes, por motivos del contexto económico ajenos
a su voluntad, se ha visto imposibilitada para hacer frente a los pagos
mensuales del mencionado préstamo. Tuvo que cerrar la pequeña tienda para la
que solicitó el préstamo y esta actualmente sin ingresos, con tres hijos
menores de edad, de ocho años, dos años, y seis meses, y viviendo con un
familiar.
- Que
para la concesión del préstamo su entidad financiera exigió que constaran los
padres de Mirian, Lorenzo y Felisa, de sesenta años de edad, quienes
aparecen como avalistas, y su vivienda habitual como garantía hipotecaria del
préstamo concedido a su hija.
- Que
en la escritura de concesión de préstamo con garantía hipotecaria aparecen
varias cláusulas que se consideran ABUSIVAS, entre ellas; la CLÁUSULA
SUELO del 3% prevista en el último párrafo del apartado TERCERO.
INTERESES ORDINARIOS, la cláusula RESOLUCION ANTICIPADA prevista en
el apartado SEXTO BIS, y la cláusula SEPTIMA BIS en la que
aparecen Lorenzo y Felisa como FIADORES SOLIDARIOS con expresa renuncia
a los beneficios de orden, excusión y división previstos en el Código Civil.
- Que todos los deudores del préstamo hipotecario
se encuentran situados en el umbral de exclusión contemplado en el Real Decreto
Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores
hipotecarios sin recursos.
Por lo que se SOLICITA,
que se anulen las CLAUSULAS ABUSIVAS, con todas sus consecuencias, y se
ofrezca una formula razonable para que Mirian pueda hacer frente al pago del préstamo.
Además,
EXPONEN,
-
Que las entidades bancarias, entre ellas LABORAL KUTXA, tienen una importante responsabilidad en la
generación de la crisis, y a pesar de ello han obtenido ayudas públicas,
altamente impopulares, para asegurar su viabilidad.
-
Que dado que CAJA LABORAL se ha
adherido voluntariamente al Código de
Buenas Prácticas debe ofrecer soluciones razonables y factibles a las
personas que por motivos ajenos a su voluntad no pueden hacer frente a las
cuotas de su préstamo hipotecario.
-
Que resulta inaceptable en el contexto actual no ofrecer soluciones, y
abocar a familias a un proceso hipotecario que concluya con la perdida de la
vivienda habitual, que, como ha confirmado reiteradamente el Tribunal de
Justicia Europeo, es un derecho fundamental de las personas.
En caso
de no recibir respuesta por parte de esa entidad, les informamos que KALERATZEAK STOP DESAHUCIOS ARABA, de
la que somos miembros, esta dispuesta a llevar a cabo acciones de protesta pública
para denunciar la actuación de CAJA
LABORAL en este caso.
En Vitoria-Gasteiz, a cuatro de noviembre de 2015
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